Cheque Servicio: atención a la dependencia

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El Cheque Servicio es una ayuda de la Comunidad de Madrid para los pacientes que tienen reconocido el grado de dependencia.

A través de este cheque, la personas que tengan reconocida la dependencia reciben una prestación económica. Esta ayuda la pueden pueden utilizar para pagar su tratamiento, pudiendo elegir el centro y las terapias que más le puedan convenir.

Cheque Servicio en Neuron

Neuron es reconocido en el sector sociosanitario, especialmente entre los profesionales de la neurología y la medicina rehabilitadora, como centro especializado para personas con patologías neurológicas, donde iniciar y/o impulsar la rehabilitación. Por ello, sugieren nuestros tratamientos entre sus pacientes.

Si te encuentras tú en esta situación de paciente, o eres el familiar de una persona en condición de discapacidad y/o dependencia, te interesa conocer la siguiente información.

La Comunidad de Madrid, conociendo las dificultades en el acceso a recursos privados como el nuestro, y que tantos beneficios aporta los pacientes, a través de los profesionales del Trabajo Social, pone a disposición su canal para solicitar esta ayuda del ‘Cheque Servicio’.

El cheque servicio supone una ayuda económica para hacer frente a los costes que supone una rehabilitación de calidad como la que Neuron provee y hoy le dedicamos esta entrada del blog.

¡Te podemos ayudar!

Cómo puedo beneficiarme de esta ayuda

La conocida como ‘Ley de la Dependencia’ reconoce, garantiza y concede esta prestación económica, que en la mayoría de los casos son un gran aporte para las familias, para personas con un determinado grado de dependencia, derivado de un ictus, parkinson, esclerosis múltiple o alzhéimer, que pueden utilizar para pagar su tratamiento de rehabilitación en alguna de las clínicas de Neuron en Madrid o Valencia.

Para iniciar este proceso, es necesario obtener el reconocimiento de esa situación de dependencia.

Este reconocimiento se puede hacer a través del trabajador social del Centro de Salud o del Centro de Servicios Sociales correspondientes a la tarjeta de empadronamiento. También, a través de los teléfonos 010 y 012 de información al ciudadano.

La documentación que se debe adjuntar es la siguiente:

  • Solicitud de reconocimiento de dependencia
  • Copia de NIF/NIE en vigor del solicitante o del representante.
  • Empadronamiento de la Comunidad de Madrid
  • Informe de salud actual, no puede tener una antigüedad superior a tres meses respecto a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Si el solicitante es pensionista de gran invalidez o tiene reconocido algún grado de discapacidad, deberá presentar fotocopia del documento que lo acredite.
  • Declaración responsable sobre la capacidad económica y patrimonial del solicitante
  • Autorización de comprobación, por parte de las Administraciones públicas competentes, de los datos necesarios para la determinación de la capacidad económica y el reconocimiento del derecho a los servicios o prestaciones o, en su defecto, copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Requisitos para ser reconocido en situación de dependencia

Para ser reconocido en situación de dependencia y acceder a los derechos que establece la Ley de Dependencia es preciso:

  1. Necesitar de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
  2. Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud (a excepción de los emigrantes retornados). Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
  3. Residir en la Comunidad de Madrid en la fecha en que presenten la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia.

Las personas que carezcan de nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen.

Cómo se realiza la valoración

Para conocer si una persona se encuentra en situación de dependencia se procederá a la valoración del solicitante.

La valoración es realizada por un valorador profesional con perfil sociosanitario y formación específica en la aplicación del ‘Baremo de Valoración de la Situación de Dependencia’ (BVD).

La valoración se lleva a cabo en el domicilio habitual del solicitante y se realiza teniendo en cuenta los informes de salud, el entorno en el que vive, y, si las hubiese, las ayudas técnicas, órtesis y prótesis prescritas.

Los solicitantes menores de 3 años serán valorados por personal médico en el Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI), utilizando la Escala de Valoración Específica (EVE).

Una vez entregado toda la documentación, la Dirección General de Dependencia de la Comunidad de Madrid se pondrá en contacto con la persona solicitante para fijar el día y la hora para realizar la valoración en su domicilio.

  • Si el usuario está conforme, la DG de Coordinación de la Dependencia volverá a ponerse en contacto con la persona interesada para fijar su Programa Individual de Atención (PIA).

En función de su grado de dependencia, se acordará el modo de intervención más adecuado a sus necesidades y preferencias. Es aquí cuando tenemos que solicitar el Cheque servicio o la Prestación económica vinculada al servicio.

  • Si el usuario NO está conforme, debe solicitar a la DG de Coordinación de la Dependencia su revisión o interponer un recurso de alzada ante el consejo de Asuntos Sociales, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la resolución.

Después de esta valoración, por correo comunican la resolución de su grado de dependencia: el procedimiento, desde la entrada de la documentación en la Comunidad de Madrid, hasta la resolución del Grado de dependencia y del Programa Individual de Atención (PIA), no excederá de 6 meses.

Grados de dependencia

La valoración permite determinar el grado de dependencia del solicitante:

  • Dependencia moderada (Grado I): si necesita apoyo al menos una vez al día para realizar ciertas actividades básicas de la vida cotidiana (asearse, comer, ir a la compra, etc.) o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
  • Dependencia severa (Grado II): si necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
  • Gran dependencia (Grado III): si necesita ayuda varias veces al día o cuando por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.

El tiempo de recuperación después de un daño cerebral es diferente para cada persona: puede llevar semanas, meses o incluso años, pero de lo que no hay duda es que la rehabilitación no puede esperar, ya sea como terapia de choque o de mantenimiento.

Algunas personas se recuperan por completo, pero otras tienen discapacidades a largo plazo o de por vida.

Rehabilitación en Neuron

En Neuron tenemos a los mejores profesionales y la última tecnología para lograrlo con resultados visibles que aportarán una considerable calidad en tu vida diaria.

Sabemos, a través de la ciencia, que el sistema nervioso es altamente plástico y permite la integración de nuevos circuitos neuronales y redes vasculares, y que es la rehabilitación, con repetición, constancia y compromiso, la que lo impulsa.

No te rindas, libérate de los pensamientos negativos que juntos, vamos a superar este desafío.

Aprovéchate de esta oportunidad para financiar tu tratamiento en Neuron.

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